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España: la prohibición de fumar en terrazas y playas, en suspenso hasta después de las elecciones, lo que los fumadores necesitan saber

Por · Publicado el 1 de septiembre de 2026 · Actualizado el 11 de octubre de 2026

España: la prohibición de fumar en terrazas y playas, en suspenso hasta después de las elecciones, lo que los fumadores necesitan saber

España es uno de los países más baratos de Europa occidental para comprar cigarrillos: 5,39 € la cajetilla de media, frente a 12,76 € en Francia. Millones de turistas europeos aprovechan para abastecerse de tabaco cada verano. Sin embargo, el 21 de julio de 2026, el gobierno español aprobó uno de los proyectos de ley antitabaco más ambiciosos del continente: habría prohibido fumar en terrazas de bares, playas, piscinas y campus universitarios.

Ese texto no llegará al final de su tramitación. Publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 11 de septiembre de 2026, caducó cuando el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, publicado en el BOE al día siguiente, disolvió el Congreso de los Diputados y el Senado y convocó elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026. El artículo 207 del Reglamento del Congreso es explícito: la disolución deja caducados todos los asuntos pendientes de examen. Si algún día se retomara y aprobara, sería la mayor ampliación de los espacios sin humo en España desde 2010.

¿Dónde estaría prohibido fumar?

Si el texto se retomara tal como está, las zonas sin tabaco se ampliarían considerablemente. Estos son los espacios que incluía el proyecto:

  • Terrazas de bares, restaurantes y establecimientos de hostelería
  • Playas marítimas y fluviales
  • Piscinas colectivas
  • Recintos deportivos y conciertos
  • Parques nacionales y espacios naturales protegidos
  • Marquesinas y zonas de espera del transporte público
  • Campus universitarios
  • Vehículos de trabajo (salvo uso estrictamente personal)

El vapeo y el tabaco calentado, también incluidos

El texto no se limita a los cigarrillos convencionales: los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, el tabaco calentado (como IQOS) y las cachimbas quedarían sujetos a las mismas prohibiciones. Una terraza sin tabaco sería, por tanto, también una terraza sin vapeo. Solo las bolsas de nicotina escapan a la prohibición de consumo en estos lugares, pero siguen prohibidas para los menores.

Se establecería un perímetro de 15 metros sin humo ni vapor alrededor de las entradas a hospitales, colegios, universidades, edificios públicos y zonas de juego infantil. Esta zona de amortiguación busca proteger a los más vulnerables allí donde es más probable que se encuentren.

¿Qué multas están previstas?

El proyecto clasifica las infracciones en tres niveles. Fumar o vapear en un lugar prohibido es una infracción leve: la multa llega hasta 200 € si el hecho es aislado, mientras que las demás infracciones leves se castigan con 200 a 600 €. A la tercera infracción de este tipo, el fumador pasa a la categoría de las infracciones graves.

Para un bar o un restaurante, permitir fumar donde está prohibido, o habilitar una zona de fumadores no autorizada, es una infracción grave, sancionada con 601 a 10.000 €. El tope de 600.000 € que se cita a menudo solo afecta a las infracciones muy graves: la publicidad, la promoción y el patrocinio del tabaco y de los productos de vapeo.

El texto crea también una primera prohibición de consumir tabaco para los menores de 18 años, cuando la ley actual solo prohíbe la venta a menores. La infracción es leve (200 a 600 €), la multa la pagan los padres o tutores, y puede sustituirse por un programa de prevención o por trabajos en beneficio de la comunidad.

¿Qué pasa con el proyecto tras la disolución?

La Mesa del Congreso calificó el proyecto el 8 de septiembre de 2026 y lo encomendó a la Comisión de Sanidad con competencia legislativa plena: habría sido la comisión, y no el Pleno, la que votara el texto final. Esa tramitación se detuvo en seco con la disolución de las Cortes por el real decreto de 5 de octubre de 2026: en virtud del artículo 207 del Reglamento del Congreso, el proyecto caducó, como todos los textos pendientes. Para que vuelva, haría falta recorrer estas etapas:

  • Elecciones generales el 29 de noviembre de 2026
  • Sesiones constitutivas del nuevo Congreso y del nuevo Senado el 23 de diciembre de 2026
  • Formación de un Gobierno salido de esas elecciones
  • Nueva aprobación del proyecto en el Consejo de Ministros y nueva remisión al Congreso
  • Toda la tramitación parlamentaria de nuevo, paso por el Senado, publicación en el BOE y entrada en vigor 20 días después

Por tanto, hoy no se puede dar ninguna fecha, y nada garantiza que el próximo Gobierno retome el texto. Sobre el terreno no cambia nada: se aplican las normas actuales, es decir, prohibido fumar en el interior de bares y restaurantes desde 2011 y terrazas permitidas, salvo normas más estrictas de algunas comunidades autónomas.

"El propósito es muy sencillo: que en los espacios compartidos respirar aire limpio sea la norma y que el derecho a la salud no dependa del lugar en el que uno se encuentre." Mónica García, ministra de Sanidad, 21 de julio de 2026

¿Por qué cambia de rumbo España?

Ninguna gran reforma había seguido a la prohibición de fumar en el interior de bares y restaurantes en 2011. Según la exposición de motivos del proyecto, el porcentaje de personas de 15 a 64 años que fuman a diario pasó del 32,8 % en 2005 al 25,8 % en 2024 (encuesta EDADES), un descenso lento. Entre los jóvenes de 14 a 18 años, el vapeo en el último mes casi se duplicó, del 14,9 % en 2019 al 27,1 % en 2025 (encuesta ESTUDES), de ahí que el vapeo se equipare al tabaco.

Para los turistas, las normas de compra no cambian. Entre dos países de la UE, el nivel indicativo sigue siendo de 800 cigarrillos (4 cartones) por persona, pero quienes regresan al Reino Unido están limitados a 200: consulte nuestra guía sobre la aduana y el tabaco comprado en el extranjero y la comparativa de precios del tabaco por país. Lo que cambiaría, si se retomara el texto, es dónde se puede fumar una vez allí.

Si estas restricciones son una ocasión para dejarlo, conviene apoyarse en métodos de eficacia demostrada: nuestra guía para dejar de fumar los compara.

Fuentes

¿Se puede seguir fumando en las terrazas en España?
Sí. El proyecto de ley que lo habría prohibido caducó con la disolución de las Cortes decretada el 5 de octubre de 2026, antes de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. Siguen vigentes las normas actuales: fumar está permitido en las terrazas, salvo normas más estrictas de algunas comunidades autónomas. Para volver, el texto tendría que aprobarlo de nuevo el próximo Gobierno y recorrer otra vez toda la tramitación parlamentaria.
¿Qué multa hay por fumar en una terraza o una playa en España?
Las cifras que circulan son las del proyecto de ley que caducó en octubre de 2026, así que no se aplican: preveía hasta 200 € por un hecho aislado, tres infracciones de este tipo pasaban a ser una infracción grave, y de 601 a 10.000 € para el establecimiento que permitiera fumar. Hoy solo se aplican las normas vigentes, incluidas las de algunas comunidades autónomas, a veces más estrictas.
¿El cigarrillo electrónico también está afectado?
En el proyecto de ley, sí. Los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, el tabaco calentado y las cachimbas seguirían las mismas normas que los cigarrillos. Solo las bolsas de nicotina seguirían permitidas en estos espacios, para los mayores de edad.

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